Guía Oficial para Trámites


Asistencia y Seguridad Social a los Militares


Conceptualización y Niveles de Comunicación

De acuerdo a lo establecido en el título III del código militar el sistema de previsión social militar que comprende la seguridad social y el mejoramiento social y económico de los oficiales, clases y soldados del ejército, su ejecución y administración esta a cargo del Instituto de Previsión Social Militar (IPSM).

Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el título tercero la Dirección de Personal y Cuadros, certificará el tiempo de servicio de un afiliado, estableciendo las fechas oficiales de ingreso, ascensos, promociones en cargo, cambios de haberes y demás aspectos necesarios para la adecuada entrega de los beneficios del plan de pensión de conformidad a los datos de la orden de alta, ascenso y nombramiento, etc.

La Dirección de Personal y Cuadros lleva el registro de beneficiarios de los militares afiliados al IPSM y tramitará ante el mismo los cambios que sean solicitados por los militares a través de los órganos de personal y cuadros.

De conformidad con la información presentada por la Direccion de Personal y Cuadros el IPSM, actualizará la relación de beneficiarios para efectos del Fondo de Pensión y del seguro colectivo de vida.

El IPSM recepcionará la documentación oficial que certifique las altas, licenciamiento, pase a retiro y bajas del personal afiliado o por afiliarse al IPSM.

La unidad militar reportará el suceso en un plazo no mayor de 7 días y en 30 días remitirá al IPSM la documentación establecida a través de la DPC.

  1. Certificado de defunción del registro del estado civil de las personas.
  2. Dictamen medico legal que indique la muerte del oficial Partida de nacimiento del afiliado y del beneficiario.
  3. Reporte oficial del Jefe de Unidad Militar, notificando la muerte del militar, así como los hechos o misiones militares en la que se produjo.
  4. Reporte de las autoridades competentes cuando la muerte se produce por accidente de tránsito, accidente aéreo, accidente naval u otros hechos distintos a los militares.
  5. Ficha personal donde se consigna quien es el beneficiario Poder de guardador legal, cuando el beneficiario es menor de edad.
  6. Constancia de la Dirección de Personal y Cuadros. Declaración jurada de dos oficiales activos del Ejército de Nicaragua, uno de los cuales debe poseer un rango de Teniente Coronel o su equivalente, describiendo las circunstancias de la muerte del oficial y confirmando que todos los documentos que apoyan son válidos y verdaderos.

Una vez recepcionada la documentación, el IPSM procede al trámite de indemnización correspondiente.

Al momento que el IPSM recibe los fondos, cita a los beneficiarios por medio de la DPC, para la entrega de la indemnización en las oficinas del IPSM donde firma el finiquito para cada caso y exime de toda obligación al IPSM.

La Dirección de Personal y Cuadros, presentará al IPSM los documentos siguientes.

  1. Certificación médica emitida por el Cuerpo Medico Militar.
  2. Reporte oficial de la unidad militar, notificando la incapacidad total permanente del militar así como los hechos y/o misiones militares en que se originó.
  3. Reporte de las autoridades competentes cuando la incapacidad por accidente o hechos distintos a los militares.

Una vez recepcionada la documentación, el IPSM procede al trámite de indemnización correspondiente.

Al momento que el IPSM recibe los fondos, cita a los beneficiarios por medio de la DPC, para la entrega de la indemnización en las oficinas del IPSM donde firma el finiquito para cada caso y exime de toda obligación al IPSM.

Para el caso de los oficiales y Sub-Oficiales con grado militar, la DPC presentará trimestralmente la relación de militares que pasan a retiro, y se realizan los trámites correspondientes para la entrega de los fondos para cada caso.

A los militares activos con menos del tiempo establecido para el paso a retiro se le hace entrega del acumulado en el fondo de contribución definida únicamente.

A los militares que cumplen con los parámetros de tiempo para el paso a retiro, se les entrega el acumulado en el fondo de contribución definida y mensualmente retirarán en el IPSM su pensión que en cada caso corresponde.

Los oficiales pensionados tienen acceso al sistema de préstamo del Banco de Finanzas, en base a su capacidad de pago (Pensión Mensual).

A los militares pensionados se les tramita carnet de retirado, el costo es asumido por el IPSM y la reposición a cuenta del militar retirado.

Los pensionados con su documentación oficial de retirado, tramitan en la tienda militar su tarjeta de acceso a la misma.

En el IPSM llena su expediente de militar retirado, actualizándose cuando el retirado estime conveniente.

Si al momento de su retiro, tiene un hijo en el programa de asistencia educativa, continua siendo financiado hasta que concluya su carrera universitaria.

Trámite Préstamo Calificado

Para acceder al programa de préstamos no existe restricción alguna, o sea que cualquier oficial con grado de Teniente Primero a General de Brigada o los oficiales pensionados tienen acceso al sistema de préstamo del Banco de Finanzas, en base a su capacidad de pago ( Pensión Mensual en el caso de los pensionados), las solicitudes se retiran en el Banco de Finanzas.

El Instituto de Previsión Social Militar garantiza que se cumpla con los parámetros establecidos según el convenio BDF-IPSM .

REQUISITO DE CUMPLIMIENTO EN CONVENIO BDF-IPSM

Niveles de acceso al programa

  • Teniente Primero
  • Capitanes
  • Mayores
  • Teniente Coronel
  • Coronel
  • General de Brigada

Plazos establecidos para el crédito

  • 9 meses para capital de trabajo
  • 18 meses para inversión
  • 20 meses para mejoras en vivienda
  • 36 meses para vehículo nuevo

Procedimiento: En la gerencia de créditos personales del Banco de Finanzas , existe un oficial que es el encargado de atender a los oficiales del ejército que solicitan atención , los prestamos a otorgarse , estarán sujetos al siguiente procedimiento:

  • El oficial deberá acudir a la oficina de su preferencia del banco, llenar y presentar la respectiva solicitud de crédito
  • Recibida la solicitud, el banco en coordinación con el IPSM, hará la evaluación del caso
  • Si la solicitud es aprobada, el oficial deberá suscribir con el banco, contrato de préstamo, en el cual se estipula el monto, interés, plazo, forma de pago y demás condiciones del préstamo, y se constituirán las garantías que el banco considere pertinentes
  • Caso que el oficial no cumpla con las obligaciones contraídas en el contrato de préstamos, el banco podrá dar por vencido el plazo del mismo y exigir el pago inmediato del saldo deudor
  • Cada oficial adjudicatario de un préstamo cederá al banco, en todos los casos, el seguro de vida y accidente que tiene con Metropolitana Compañía de Seguros, S.A.

PRÉSTAMOS PARA OFICIALES PENSIONADOS DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA

Este tipo de crédito está dirigido para los oficiales retirados del Ejército de Nicaragua y estará garantizado, únicamente, por el valor de la pensión mensual que cada uno de los oficiales recibe.
Los créditos serán otorgados para :

  • Gastos Personales
  • Consolidación de deudas
  • Compra y mantenimiento de vivienda
  • Inversión

Políticas

  • Se otorgarán créditos cuyos montos estarán determinados por el Banco de Finanzas, S.A. y dependerán exclusivamente del monto de pensión mensual que recibe cada oficial.
  • Los créditos serán desembolsados sólamente en córdobas con mantenimiento de valor
  • Los plazos para gastos personales y consolidación de deudas serán de 12 hasta 36 meses
  • Los pagos serán efectuados los días 10 de cada mes en cuotas niveladas y consecutivas que incluyen pago de capital e intereses.
  • Se efectuará bloqueo del 10% del crédito el cual deberá permanecer en la cuenta de ahorro aperturada hasta la cancelación del mismo.
  • Los gastos a cobrarse en este tipo de crédito serán los siguientes:
    • Seguro de Vida o Desgravamen 0.5% por millar
    • Gastos Legales 0.5%
    • Comisión 1 % sobre monto
  • Las tasas de interés a cobrarse dependerán del plazo del préstamo para lo cual serán utilizados los siguientes parámetros:
    • Hasta 12 meses 16% anual sobre saldo
    • Hasta 1 8 meses 17% anual sobre saldo
    • Hasta 24 meses 18% anual sobre saldo
    • Hasta 36 meses 19% anual sobre saldo
  • Para los créditos a utilizarse para inversión productiva, compra, remodelación y mejoramiento de vivienda serán otorgados los plazos y tasas de interés siguientes:

  • Hasta 48 meses 16% anual sobre saldo
  • Hasta 60 meses 18% anual sobre saldo

Requisitos

  • Llenar solicitud de crédito debidamente
  • Constancia emitida por el Instituto de Previsión Social Militar - Ejército de Nicaragua indicando el monto mensual de pensión que recibe el oficial.
  • Copia de la Orden de Licenciamiento emitida por el Instituto de Previsión Social Militar.
  • Fotocopia de identificación del solicitante.
  • Aperturar cuenta de ahorro básica en córdobas.

Restricciones

No podrán aplicar a este préstamo las personas mayores de 60 años, las cuales no aplican al seguro de vida.

Trámites Programa de Asistencia Educativa

El Instituto de Previsión Social Militar ha dado inicio el VI Ciclo del Plan de Asistencia Educativa Año 2003/2004. Este programa está orientado a los hijos de los oficiales en servicio militar activo y que reúnan las características siguientes:

  • Ser menor de 21 años de edad.
  • Haber cursado la secundaria de manera consecutiva, salvo caso de fuerza mayor
  • Haber tenido calificaciones de buen alumno, en los últimos tres años de secundaria.
  • Mantener promedio académico acumulado no menor de 75 durante sus estudios universitarios (escala de 0 a 100).
  • No cambiar de universidad.
  • Cursar de forma consecutiva, salvo fuerza mayor, todos los semestres de la carrera universitaria.
  • No cambiar de carrera.
  • Presentar un informe evaluativo semestral satisfactorio de la universidad (calificaciones, constancia de ser alumno activo).
  • Obligarse a pagar el valor de la asistencia educativa recibida, capital más intereses a partir del sexto mes después de concluido el último año de estudios universitarios.
  • Obligarse a pagar los fondos recibidos con sus correspondientes intereses dentro de un plazo máximo de cinco (5) años, en cuotas iguales y mensuales.
  • En caso de que el beneficiario abandone sus estudios sin causa justificada la obligación de rembolsar los fondos recibidos comenzará a partir de la fecha de vencimiento del correspondiente pagaré.

Toda solicitud debe ser acompañada de los documentos abajo descritos:

  • Partida de Nacimiento
  • Constancia de que el aspirante forma parte del núcleo familiar del oficial emitida por la Dirección de Personal y Cuadros.
  • Certificado de nota de tercer, cuarto y quinto año de secundaria para los de primer ingreso a la Universidad.
  • Certificado de notas de la Universidad para los que ya están cursando carrera universitaria.
  • Pro forma de aranceles de: matrícula, mensualidad, carnet

Si usted tiene un hijo(a) que está terminando sus estudios de bachillerato o que ya cursa estudios universitarios y tiene interés en participar en el Programa de Asistencia Educativa, le solicitamos su atención al siguiente calendario de actividades.

  • 17 de noviembre del 2003 – última fecha para recibir solicitudes.
  • 10 de diciembre del 2003 - última fecha para recibir la documentación.
  • En la primera quincena de enero del 2004 se comunicará a los participantes la aceptación al programa.

Les recordamos que el proceso de prematricula en los Centros Universitarios ha dado inicio. Los participantes deberán prematricularse conforme su decisión. Los costos de prematricula serán reembolsados a los participantes que sean aceptados en el Programa de Asistencia Educativa.

Para mayor información presentarse en las oficinas del IPSM o llamar a los teléfonos 2668881 -3.

Para mayor información puede escribirnos directamente a despacho.ejecutivo@ipsm.mil.ni

Respuestas a Preguntas Frecuentes

¿Qué es el IPSM?

El IPSM es la institución encargada de la asistencia y mejoramiento social de los miembros del Ejército y de sus familiares, mediante el establecimiento y operación de diferentes planes de ahorro y pensiones complementarias, programas para préstamos hipotecarios para vivienda, programas para préstamos personales, y cualquier otro plan de asistencia y mejoramiento social que autorice la administración.


¿Cómo puedo obtener apoyo para estudiar?

Los oficiales pueden obtener apoyo para realizar estudios superiores en diferentes universidades. Consulte la guía oficial de trámite para la gestión de la asistencia educativa.